
Imagen de la fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona
Absuelven al exalcalde de Badalona Rubén Guijarro por el caso de construcciones ilegales
La Fiscalía le acusaba de haber tolerado construcciones ilegales en suelo no urbanizable mientras era concejal de Urbanismo entre 2018 y 2020
Antecedentes: Fiscalía pide prisión para Rubén Guijarro, exalcalde de Badalona, por sanciones irregulares
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La Audiencia de Barcelona ha absuelto a Rubén Guijarro, exalcalde socialista de Badalona, del delito urbanístico por el que fue juzgado.
La Fiscalía le acusaba de haber tolerado construcciones ilegales en suelo no urbanizable mientras era concejal de Urbanismo entre 2018 y 2020.
El tribunal considera que ni él ni los dos funcionarios procesados actuaron "de forma voluntaria o consciente" silenciando la infracción. Guijarro se enfrentaba a cuatro años de prisión.
El tribunal habla de “interpretación errónea”
Según la sentencia, a la que ha accedido EFE, las actuaciones del Ayuntamiento de Badalona pueden entenderse como una “interpretación errónea de la normativa urbanística”, pero no como una acción dolosa.
El consistorio sancionó únicamente a los propietarios de las parcelas, sin incluir a los promotores de las construcciones ilegales.

Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.
Una decisión que, para la Audiencia, no implica que hubiera voluntad de ocultar las infracciones.
Construcciones en suelo protegido
La causa arrancó tras una denuncia de la Fiscalía, basada en informes de los Agentes Rurales. Estos documentaron la aparición de barracas y chamizos en zonas protegidas de La Conreria, en la Serralada Marina de Badalona, entre 2017 y 2018.
El Ayuntamiento abrió entonces expedientes de protección de la legalidad urbanística, pero los expedientes sancionadores de 2020 solo fueron dirigidos contra los propietarios.
El funcionario asumió toda la gestión
La Audiencia destaca que Guijarro no tomó decisiones directas sobre estos expedientes. La instrucción recayó en uno de los funcionarios juzgados, que fue el encargado de tramitar los procedimientos.
Ese funcionario fue quien optó por sancionar solo a los propietarios, una decisión que el tribunal califica como errónea, pero no intencionada. No se ha probado que existiera voluntad de favorecer a nadie.
No hubo pruebas de actuación injusta
La sentencia señala que durante el juicio no se practicó ninguna prueba que indicara que los acusados actuaran “a sabiendas” de que estaban cometiendo una injusticia.
Por todo ello, la sección segunda de la Audiencia ha decidido absolver a los tres acusados. El caso queda cerrado sin condenas, ni para Guijarro ni para los técnicos municipales implicados.